24 abr 2008

18 abr 2008

Las beatas y beatos


A través de las cuentas que toma el vicario de Ayala hacia 1616, sabemos que junto a la ermita de Etxaurren y adosada a ella existe una casa, en la que vive la beata. Esta mujer, los mayordomos y algún vecino más rinden las cuentas. Manda reparar la entrada y el pórtico de la ermita, y encarga a la beata que lo realice. Dice que el santuario tiene algunas rentas y se recogen limosnas, con las que es posible realizar las citadas reformas y reparaciones. También la casa se repara por estos años.
Los datos apuntados hablan de la beata, una mujer que vive en la casa de la ermita, que se encarga de la limpieza y de la "luminaria", lámpara que estará siempre encendida ante la imagen de la Virgen.
Abundan los datos sobre las frailas y beatas de los santuarios y ermitas, y, aunque los nombres tienen distinta significación, el hecho es que se aplican indistintamente a las guardianas de estas iglesias los nombres de frailas y beatas. Así sucede también con la que vive en Etxaurren: mientras en 1617 se le llama beata, en 1637-40 se le dice "fraira", corrupción popular de fraila. Posteriormente, en el siglo XVIII se le llama habitualmente la beata.
Algunos datos sobre la beata en el siglo XVII son:
1) A la entrada de la beata en la casa se hace inventario de todos los bienes que existen, tanto en la vivienda como en la ermita; de todos ellos ha de dar cuenta la señora. Entre estos bienes, en 1640, se dice que hay:
- Una artesa
- Un hacha de cortar, una azada y un zarcillo
- 9 ovejas
- 1 lechón de sobreaño
Existe también una huerta enfrente de la casa.
2) La beata había decidido dedicar su vida al cuidado de la ermita, en un estilo de vida que podía semejarse a la de una ermitaña o religiosa:

"Francisca de Chaurren, viuda que soy y quedé de Antonio de Gochi, vecio que fue del lugar de Belandia, cuyo matrimonio se disolvió sin dejar hijos legítimos, y que yo no tengo otros ningunos ni herederos forzosos, y al presente me he dedicado al servicio de Dios, siendo frayla y servidora en la yglesia de Ntra. Sra. dechaurren, sita en el barrio de Chaurren, que es del concejo de Menoyo, en esta tierra y provincia de Ayala, en cuio ministerio estoy al presente ocupada y deseando que los pocos bienes que he adquirido...".
Francisca de Chaurren deja abundantes bienes al santuario cuando muere en 1640.
3) La prohibición de frailas y seroras, promulgada por el obispo de Calahorra en 1698, debió repercutir en la que vivía en el santuario de Etxaurren. Sucede que en el siglo XVIII desaparece la fraila y surgen los beatos y santeros.
Al beato se le llama ermitaño y santero. Labra las fincas, propiedad del santuario y recorre los pueblos de Ayala pidiendo limosna para la Virgen de Echaurren por las puertas.
Desde 1746 a 1754 no hay beato en la casa de Etxaurren; los vecinos labran las tierras de la Virgen y el mayordomo hace la colecta por los pueblos. En 1755 aparece viviendo en la casa un matrimonio, los cuales cumplen con la misión propia de su cargo. En 1790, se hace un inventario general de bienes con motivo de entrar de beatos Estanislao de Lartundo y Dominica de Salazar.
En 1823 sigue pagando el beato la renta anual de 2 fanegas de trigo; en 1825 el Visitador afirma que la ermita tiene renta de beaterio o sujeto que vive en la casa; y en 1845 se hace la última alusión al beato. En Menoyo se guarda el libro con las cuentas de lo que se recauda y se gasta desde 1847 hasta 1960, apuntado por los mayordomos de la ermita.

12 abr 2008

Veredas

En los pueblos pequeños, como Menoyo, todos los trabajos de mantenimiento (limpiar y arreglar caminos, arreglar los edificios públicos, cerraduras comunales, etc.) eran y son hechos por todos los vecinos en común. Cada casa debía enviar obligatoriamente un obrero para estos trabajos de vereda, y cuando hacían falta los bueyes, los vecinos se turnaban para llevarlos, pero todos tenían que llevarlos una vez u otra. Esto solía dar lugar a problemas (todavía hoy se producen) y por eso se regulaba el castigo por no acudir:

En el lugar de Menoyo cinco de enero de mil novecientos venticinco reunido el vecindario bajo la presidencia de D. Felipe Yturribarria Alcalde de barrio se tomo el siguiente acuerdo dada cuenta por la presidencia que las beredas atrasadas no se an castigado hasta ahora y en adelante an de pagar dos pesetas cincuenta centimos por dia y la de bueyes siete cincuenta de lo que se lebanta esta y firman los reunidos.

Y tambien se acordo por los concejos que se pagara una peseta y esto sera para las cuentas del pueblo de lo que se lebanta esta acta y firman los reunidos con el S. Alcalde y como fiel de fechos que certifico.

Para evitar discusiones sobre el cumplimiento de las veredas también se elaboraban unas normas sobre como había que realizarlas:

En el lugar de Menoyo á quince de Marzo de mil nuebecientos treinta y nuebe, reunido el vecindario en el sitio de costumbre y bajo la presidencia del señor Alcalde, que, habiendo faltado la vecina Lucia Braceras medio dia a la corta de leña y no puso obrero como otros habian puesto; habonara al pueblo un jornal de dos pesetas cincuenta centimos puesto que a otros se les habia obligado a poner obrero. Y como hubo discusion y no se repita se levanta la presente acta aclarando dichos entorpecimientos:

Obligaciones:

El Señor Alcalde habisará de vispera teniendo obligación de asistir todos los vecinos al trabajo o poner otra persona que la ley le permita. Si el aviso no le cogiera en casa ó por fuerza mayor no pudiera asistir (de lo cual dara conocimiento) abonará al pueblo tres pesetas por dia ó hacer la vereda cuando le ordene el señor Alcalde; no así cuando corta de leña (excepto la marcación) entonces queda obligado toda foguera a poner un peon y si fuera fuerza mayor pagara dos pesetas cincuenta centimos medio dia.

De todo lo cual se levanta la presente acta y firman los reunidos con el señor Alcalde y yo el fiel de fechos que certifico.

------------------------------------------

En el pueblo de Menoyo á trece de mayo de mil nuevecientos cincuenta: reunida la Junta Administrativa bajo la Presidencia del Sr. Alcalde de barrio D. Rufino Mendia y de mi el infrascrito fiel de fechos, acuerdan por unanimidad lo siguiente.

Que habiendo cada vez mas desovediencia en la asistencia de los vecinos a los concejos y a las veredas, desde esta fecha serán sancionados con veinte pesetas de multa al que falte al concejo y veinte pts de multa al que falte a la vereda ademas de abonar el jornal que marca la Orden del Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento.

Las multas que se cobren quedaran a disposición de la Junta Administrativa la que haia su distribucion como mejor crea conveniente.

Las dichas multas serán cobradas en el termino de ocho dias para el que se niegue; ponerlo a disposicion de la autoridad superior; no salvandose ningun vecino, no siendo por derecho o fuerza mayor, siendo avisados de vispera; y si es urgente y no le coge el aviso en el pueblo.
De todo lo cual se levanta la presente acta la que firman los vocales con el Sr. Alcalde de barrio y yo el fiel de fechos de que certifico.

11 abr 2008

Documentos del archivo de Menoyo (3)

Gamberradas
En el lugar de Menoyo a uno de Mayo de mil novecientos treinta y ocho; reunida la Junta Administrativa bajo la presidencia del presidente D. Angel Villanueva y de mi el infrascrito fiel de fechos se acordó lo siguiente:

1º El Sr. Presidente notifico lo ocurrido el día veinticinco de abril de siete a ocho de su tarde en el abrevadero de la Fuente del pueblo. Atropello o desmán hecho por dos mozos del pueblo de Maroño, hijos uno de D. Aniceto Aguirre y otro de D. Andrés Sarachaga. Los cuales, tirando las cobijas de la pared rompieron el dicho abrevadero; y como en el momento fueron perseguidos y presentados al Sr. Alcalde por el vecino D. Placido Respaldiza en unión de otros jóvenes del pueblo (los cuales no lo negaron), el Sr. Alcalde después de una reprensión les impuso como castigo veinticinco pesetas de multa para el pueblo y un arreglo bien hecho en la avería, y los vocales aprueban lo hecho por el Sr. Alcalde.