30 may 2008

Enfermedades de la población

Las enfermedades infecciosas han sido una constante entre la población hasta fechas relativamente cercanas. Evidentemente, estas enfermedades se propagaban más en las ciudades, pero también llegaban a los pueblos. En el siglo XIX se produjeron varias epidemias de cólera en Álava. En 1855, la epidemia afectó a esta provincia durante siete meses, estando el municipio de Ayala entre los más afectados, tanto por el número de casos, como por el número de muertos. Se registraron 272 casos de los cuales 89 personas murieron. Sin embargo, Menoyo se vio libre de esta enfermedad y se decidió declarar fiesta el día de San Sebastián por creer que había sido este santo quien les había librado de la enfermedad:

En el lugar de Menoyo a diez y siete de Enero de mil ochocientos cincuenta y siete, se reunió este vecindario en el sitio de costumbre, y entre otras cosas se determino unanimes y conformes el guardarle fiesta entera a San Sebastián que se celebra dia veinte de Enero de cada año, y ademas se nombra hoy mismo un mayordomo para este año y por el mismo orden se nombraran mayordomos en lo sucesivo para que estos pidan limosna por las casas entregar cuenta a este concejo del importe de las limosnas que aya arrecogido en el año que asido mayordomo, para con dicha limosna celebrar una misa cantada delante de dicho santo de estipendio de diez d. En la Ermita de nuestra Señora de Echaurren, subiendo con la decencia que corresponde cantando la letanía mayor, y tocar las campanas para que se reunan los feligreses, según se estila en esta parroquia los dias de fiesta; y se nombra mayor domo para este año a Don Juan de Mendia vecino de este concejo: Y para que asi conste lo firmamos todos los vecinos que saven en este de Menoyo oy dia de la fecha anotada:
Nota: Esta fiesta la hemos puesto por los innumerables estragos que padecio este pais el año de 1.855 del colera morbo asiatico y aviendo recurrido este pueblo a el ausilio del glorioso martir San Sebastian 9 dias en rogativa; no fue tocado este pueblo de semejante contagio y por lo mismo lo hemos hecho así.

Entre los documentos del pueblo encontramos algunas referencias más sobre enfermedades infecciosas, aunque no demasiadas:

En el lugar de Menoyo á veinte y siete de Febrero de mil nuevecientos tres se reunio la Junta administrativa de este referido lugar y el vicindario bajo la presidencia del Señor Alcalde de barrrio Don Doroteo de Esnarriaga con objeto de hacerles saber una circular del Señor Alcalde de este Ayuntamiento y el Real decreto del ministerio de la gobernación fecha del quince referase á la vacunación y revacunación preservativa de la enfermedad varidosa y la circular de la dirección general de Sanidad dando instrucciones por ---------- integra por mi el fiel de fechos y use oficio del Señor cura sobre hacer el concejo en el local de escuela y casa se hizo saber lo mismo quedan enterados de su contenido.

Con lo que se concluyo este acto firmando S.S. de que yo el fiel de fechos certifico.

Las enfermedades infecciosas tenían en la escuela un excelente lugar de contagio, por eso cuando se producía una de tales enfermedades se cerraba hasta que se consideraba superado el peligro de nuevos contagios:

El infrascrito médico titular de Quejana tiene el honor de poner en conocimiento de usted lo que sigue:

Que habiendo desaparecido del pueblo de Menoyo todos los casos de sarna que existían debería abrirse la escuela a la mayor brevedad posible, para lo cual es necesario la desinfecten previamente. Todo lo cual le comunico para los efectos consiguientes.
Dios guarde a usted muchos años
Quejana, 20 de febrero de 1924.

Una enfermedad que aparecía en alguna ocasión era la rabia, lo cual obligaba a tomar medidas para evitar el aumento de los casos detectados:

Don Eduardo Aguirre y Urquiza Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Ayala
Ago saber:

Que un perro con sintomas manifiestos de rabia ha mordido en algunos pueblos a varios canes. Como toda prevision es poca en tales casos he creido oportuno recomendar a todos los habitantes de este Ayuntamiento el exacto cumplimiento de las siguientes disposiciones:

Primera: Desde el dia de la fecha queda proibida la circulación de perros por los pueblos de esta demarcación a no ser que lleben un bozal bien construido y puesto de modo que les impida en acsoluto morder o sean conducidos por medio de cordon o cadena cuya longitud no esceda de un metro cincuenta centímetros.

Segunda: Todo perro que no llebe bozal o que llebandolo no reuna las condiciones espresadas se encuentre en las calles campos o cualquiera otro parage sera muerto inmediatamente y a su dueño se le impondra una multa de cinco pesetas quedando este obligado ademas a pagar la indemnización de los daños que cause con arreglo al codigo penal.

Tercera: La circunstancia de que un perro no pueda ser matado por los encargados de este servicio no esimira a su dueño de pagar la multa siempre que se pruebe la infraccion.

Cuarta: Todo animal a quien se de la muerte por haber sido mordido o por hallarse acometido por la rabia se enterrara a una profundidad que no pueda ser devorado por otros.

Quinta: La prohibicion de poder circular los perros por los pueblos sera levantada cuando se compruebe que han transcurrido cuatro meses sin que se haya presentado ningún nuevo caso de rabia.

Sesta: Los Alcaldes de barrio de los pueblos de esta demarcación, el Alguacil y demás dependientes de mi autoridad quedan encargados de que se cumpla rigurosamente las anteriores disposiciones cuidando bajo su responsabilidad de poner en conocimiento de la Alcaldia cualquiera caso sospechoso de rabia o de mordedura de animales.

Para que nadie pueda alegar ignorancia los Alcaldes de barrio dispondran que una copia del presente bando se haga saber por medio de los Montaneros a todos los becinos de cada pueblo sin perjuicio de esponerla al publico en el sitio de costumbre para general conocimiento.

Ayala, á 3 de Diciembre de 1923

También se enviaban circulares sobre temas de salud para prevenir enfermedades:

En el lugar de Menoyo á trece de Julio de mil ochocientos noventa se reunió la Junta administrativa de este nominado pueblo bajo la presidencia del Sor. Alcalde de Barrio Dn. José Maria de Mendia cuyo número es suficiente para tomar acuerdo según previenen las leyes vigentes despues de leida la acta anterior fue aprobada por unanimidad despues se entro en la sesión del dia hizo presente que habia recibido una circular del Sor. Alcalde Presidente de este municipio sobre la buena higiene y advierte que en el término de quince dias se limpien todas las aguas que esten en putrefacción, lavaderos, lectrinas, pozos y demas sitios que son un constante foco de emanación perjudicial á la salud y exigen preferente atención y en atención á estas circunstancias se han sacado arremate dichas aguas y para cumplir lo prevenido.
Con lo que se concluyo este acto firmando S.S. de que yo el fiel de fechos certifico.

23 may 2008

Curiosidades en torno a la ermita de Etxaurren

Numerosos detalles recogidos de los libros del archivo nos dan información de la relación de la gente de Ayala con la Virgen de Etxaurren:

Los padres ofrecían a sus hijos en las enfermedades con el fin de que la Virgen los curase.

Se recogía la limosna en grano por las puertas de los caseríos de nuestros pueblos.

Los vecinos labraban y sembraban las fincas de la ermita, cuyos beneficios eran para su mantenimiento.

Son frecuentes los donativos o legados de gentes de la zona. Entre los donantes más insignes merecen citarse: Francisco de Retes (1.714). Juan de Echaurren, nacido en Salmantón (1.716). Esteban de Echaurren, natural del barrio de este nombre y residente en Sevilla, con cuyos bienes se doró el retablo. La más importante donación la hizo J. del Campo Angulo, Marqués de Mejorada, que poseía en Menoyo cuatro casas, en 1.678. Aún hoy día se siguen recibiendo algunos legados y donaciones de importancia que ayudan a mantener el santuario.

Las limosnas nos hablan de personas de relieve y de emigrantes, que recuerdan la ermita de Etxaurren.

Las inscripciones a modo de exvotos que había en el Santuario, y que hoy han desaparecido, manifiestan la devoción que a la Virgen de Echaurren tenían los fieles de estos pueblos. Estas inscripciones eran:

1ª En medio del retablo y a los pies del trono de la imagen, en letras doradas ponía: "Este retablo se doró á costa de los bienes de D. Esteban de Echáurren, vecino de Sevilla, natural de este barrio de Echáurren en el año de 1.734".

2ª A la mano del púlpito y en la parte más próxima al retablo, en un cuadro deteriorado por las huellas del tiempo, se leía: María Jabiera de Partearroyo, hija legítima de Miguel de José de Partearroyo y de María Cruz de Ulivarri, vecinos de Izoria, estando muy enferma de viruelas, la ofrecieron misas y poner su retrato en Nuestra Señora de Echaurren. Mejoró y sanó. Sucedió el ofrecimiento en 2 de Diciembre de 1730".

3ª En la parte derecha del púlpito, bajando del retablo, después de un pequeño altar, que ya no existe y en cuyos diminutos, pero muy expresivos relieves que adornaban la parte superior figuraba el misterio de la Beatísima Trinidad había en el lienzo de la pared esta inscripción moderna: "Juan de Viña, vecino de Menoyo, regaló el vestido que hoy adorna la Virgen y reformó la capilla a sus expensas. Año de 1856".

4ª Frente al pequeño altar referido, hacia la puerta, había erigido otro que formaba simetría con un cuadro grande de la Virgen del Carmen, a cuyo pie se leía: "En este altar hay cofradía de la Virgen del Carmen y licencia para imponer y bendecir escapularios. LAUS DEO".

En 1959, dada la importancia que el culto a la Virgen de Etxaurren tiene en la zona se dirige una petición al obispo:

Excmo. Rvdmo. Sr.
El que suscribe, Pedro María Anda y Aizpuru, Cura Economo de la Iglesia Parroquial de San Julián Mr., de Izoria, Arcipreztasgo de Ayala, Diócesis de Vitoria, a Vtra. Excia. Con todo respeto expone:
Que existe en la cima de un monte céntrico para varios pueblos de esta comarca un Santuario dedicado a la Ssma. Virgen con el título de Echaurren, al que los fieles de estos pueblos profesan singular devoción, por lo que los sacerdotes hemos creído conveniente trabajar para que sea un centro de irradiación Religiosa y de Devoción Maríana. Para ello se celebran las festividades tradicionales con el máximo esplendor y se ha organizado una Novena anual con Sta. Misa dirigida y novena con meditación asimismo dirigida y a petición de los mismos fieles se visita todos los Primeros Sábados de mes con nutrida concurrencia para asistir a la Sta. Misa. Nos ha parecido conveniente que para afianzar más esta devoción y para ligarla más íntimamente a la Jerarquía Eclesiástica nos ayudaría el que tuviera algunas gracias espirituales esta devoción por lo que

Solicita de Vtra. Excia. Rvdma. Se digne conceder CIEN DIAS DE INDULGENCIA cada vez que se salude a Ntra. Sra. De Echaurren, desde cualquier lugar, con una inclinación de cabeza.
Es gracia que espera obtener de Vtra. Excia. Rvdma. Cuya vida guarde Dios muchos años.
Izoria, a 31 de octubre de 1.959.

La respuesta a esta petición llegó rápidamente y es la que a continuación se copia:


Por cuanto nos consta de la fe y devoción, que los fieles de los pueblos, que circundan el Santuario de Nuestra Señora de Echaurren profesan a Nuestra Señora la Virgen María, en la devota Imagen, que en el mismo se venera y con el fin de conservar y aumentar, en lo posible la devoción a Nuestra Señora, por las presentes concedemos CIEN DIAS de verdadera indulgencia, en la forma acostumbrada por la Iglesia, a todos los fieles, que mirando al Santuario, inclinen reverentes su cabeza y recen un “Ave María”.
Vitoria, 9 de noviembre de 1959

18 may 2008

Refranes y dichos populares (I)

- El cuco prepara las maletas por San Juan y por San Pedro se marcha.

- Entre San Juan y San Pedro quita el ajo y pon el puerro.

- Los vencejos veras de Cruz a Cruz.

- Por San Antón, huevos a montón.

- De San Pedro a San Miguel, ni Rosario ni mujer.

- Si la Candelaria llora el invierno está fuera, si la Candelaria rie el invierno está por venir.

- Angel bonito (1 de marzo), mes cagadito.

- Por San Martín siembra el ruín y por San Andrés el que no tiene bues (bueyes).

- Si no quieres que el ajo sea ruín, siembra por San Martín.

- Si llueve por la Ascensión, 40 días de procesión.

- Por Todos los Santos la nieve en los altos, y por San Andrés la nieve en los pies.

- Para San Simón y Judas, las habas orejudas.

10 may 2008

Obra-Pía de Dª Micaela Retes. Copia simple de la escritura fundacional de la escuela

-"Yo Pedro Pareja, Escribano del Rey Nuestro Señor. Notario Apostólico de esta Villa de Madrid doy fé, que en ella en diez y siete de agosto del año de mil setecientos treinta y cinco, doña Micaela de Retes, vecina de ella, viuda de don José Gómez Vallejo, otorgó ante mí su testamento abierto y entre sus cláusulas hay la de institución de testamentarios heredero su principio y final que copiado a la letra su tenor es como se sigue: ="In die nomine amén sepan los que vieren esta pública escritura de testamento y última voluntad, como yo doña Micaela de Retes vecina de esta villa de Madrid viuda de don José Gómez de Vallejo hija legítima de Pedro de Retes y de doña Jacinta de Gorbea difuntos vecinos y naturales que fueron y yo lo soy del lugar de Menoyo Tierra de Ayala en el Señorío de Vizcaya hallándome sin enfermedad alguna y en mi cabal juicio memoria y entendimiento natural temerosa de la muerte que es cosa cierta e incierta la hora y creyendo firmemente en el Misterio de la Santísima Trinidad Padre Hijo y Espíritu Santo Tres personas distintas y un sólo Dios verdadero y en todo lo demás que tiene y cree y confiesa Nuestra Santa Madre Iglesia Católica Apostólica Romana vajo de cuya fé y esencia he bibido y protesto vivir y morir como católica y fiel cristiana inboco por mi intercesora y abogada a la Reina de los Ángeles María Santísima Madre de Dios y Señora Nuestra y a todos los santos y santas del cielo a quienes pido intercedan con la Majestad Divina dirija mi alma a verdadera salvación y me ilustre mi entendimiento para hacerse este mi testamento, que dispongo en la forma siguiente: (...)

Ygualmente con la carga y obligación precisa de dar y pagar en cada un año ochenta ducados de vellón que desde luego sitio de Rentas en la principal y mas bien pasado de dicho vinculo y Mayorazgo para que la goce perpetuamente un Maestro de niños timorato, habil y científico, que han de nombrar mis testamentarios y en su falta los poseedores patronos que nominarán con la obligación de residir y poner su escuela en dicho lugar de Menoyo donde soy natural, practicando el arte de leer, escribir, contar y enseñar la doctrina cristiana a todos los niños naturales y de los pueblos inmediatos que fueren a su escuela sin contradicción ni repugnancia alguna de mi parte a dicho Maestro por dicha enseñanza cantidad ni estipendio alguno sino a la que voluntariamente la quieran dar sus padres parientes o bienhechores respecto de tener congrua suficiente con los ochenta ducados que le llevo situados los cuales ha de percibir y entregar definitiva y anualmente de los poseedores o administradores que fueren de las rentas de dicho vínculo aunque no quede producto alguno para dicho poseedor, teniendo la obligación dichos maestros de asistir con los niños de su escuela a la iglesia de dicho lugar de Menoyo a reza en ella el Rosario y una salve por la tarde de todos los sábados del año, a cuyo maestro han de poder remover y quitar dichos Patronos con causa o sin ella, nombrar otro en su lugar disponiéndolo de forma que nunca falte Maestro de dicho ejercicio sobre que a todos los encargo la conciencia (...)y para el cumplimiento de dichas misas nombramiento de Maestros de niños permanencia de escuela y enseñanza de dichos niños nombro por Patronos perpetuos de esta memoria y Obra-Pía a dichos mis testamentarios y en su falta a los poseedores de dicho vínculo a los Curas Párrocos de dicha Iglesia de San Juan de Quejana y a los Alcaldes ordinarios que fueran de dicho lugar de Menoyo a quienes encargo la conciencia en su observación cumplimiento (...) por mi última voluntad en la vía y forma que más alla lugar en dicho este mi testamento que otorgo ante el presente escribano público en la Villa y Corte de Madrid a diez y siete del mes de agosto año de mil setecientos treinta y cinco, siendo testigos don Juan Machín Barcena don Juan Angel de Lejalde Juan Antonio de Iturricha Angel Diaz Torrecilla y Francisco de Orcasitas, residentes en esta corte y la otorgante a quien yo el Escribano doy fé conozco que dijo no saber firmar a su ruego escrito un testigo por testigo y a ruego de la otorgante Juan Angel de Lejalde. Ante mí Pedro Pareja.="

1 may 2008

Documentos del archivo de Menoyo (4)

Menoyo, 26 de Septiembre de 1.928
Don Jose Oyarzabal Aldama, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Ayala.
Hago saber:
Que procedentes de la Excelentísima Diputación provincial de Alava, obran ya en este Ayuntamiento las patentes y placas de circulación correspondientes a este Municipio para el actual año de 1.928.
Además de la cuota que se halla señalada a cada clase de patente, se cobrará un recargo de un dos por ciento respecto de cada una, según asi lo prescribe el Reglamento, y se anota en la totalización del costo de cada una de referidas patentes.
Los ganados destinados a servicios agrícolas, que en ocasiones se utilicen, como de silla o de transporte a lomo tienen fijada una patente anual de trés pts cada ganado menor y de diez pts cada ganado mayor excepto para los pueblos situados a mas de cinco kilómetros de carretera o camino vecinal, en los cuales la patente se reduce a una pts cada ganado menor y a cinco pts cada ganado mayor.
Las placas se cobrarán separadas de las patentes, y a razón de 0’25 pts las de carruajes, de 0’20 pts las de caballerias, y de 0’50 pts las de bicicletas.
Las patentes y placas de agricultura correspondientes a los vecinos empadronados, son las únicas que se envian coleccionadas a cada pueblo, para que en ellos se repartan y cobren, pero las correspondientes a los vehículos de lujo y transportes, asi como a las caballerias mayores y menores, deberán sus dueños pasar a recojerlas al Ayuntamiento, en el caso de que no decidan pedirlas colectivamente, por mediación de los respectivos Alcaldes de cada pueblo. Ygual procedimiento deberán seguir los vecinos que por cualesquiera causa dejasen de figurar en el padrón de patentes de agricultura, o no recibiesen estas en la colección de las de su clase, de cada pueblo.
El importe de las patentes y placas que se expenderan y cobren, deberán ingresarse en este Ayuntamiento para el 8 de Octubre próximo lo más tarde.
Los señores Alcaldes sacarán una copia de la presente circular para darla a conocer al vecindario, y no pueda alegarse ignorancia por parte de los vecinos, devolviéndomela el ultimo de la ruta con el enterado de todos.