En el lugar de Menoyo a diez y siete de Enero de mil ochocientos cincuenta y siete, se reunió este vecindario en el sitio de costumbre, y entre otras cosas se determino unanimes y conformes el guardarle fiesta entera a San Sebastián que se celebra dia veinte de Enero de cada año, y ademas se nombra hoy mismo un mayordomo para este año y por el mismo orden se nombraran mayordomos en lo sucesivo para que estos pidan limosna por las casas entregar cuenta a este concejo del importe de las limosnas que aya arrecogido en el año que asido mayordomo, para con dicha limosna celebrar una misa cantada delante de dicho santo de estipendio de diez d. En la Ermita de nuestra Señora de Echaurren, subiendo con la decencia que corresponde cantando la letanía mayor, y tocar las campanas para que se reunan los feligreses, según se estila en esta parroquia los dias de fiesta; y se nombra mayor domo para este año a Don Juan de Mendia vecino de este concejo: Y para que asi conste lo firmamos todos los vecinos que saven en este de Menoyo oy dia de la fecha anotada:
Entre los documentos del pueblo encontramos algunas referencias más sobre enfermedades infecciosas, aunque no demasiadas:
En el lugar de Menoyo á veinte y siete de Febrero de mil nuevecientos tres se reunio la Junta administrativa de este referido lugar y el vicindario bajo la presidencia del Señor Alcalde de barrrio Don Doroteo de Esnarriaga con objeto de hacerles saber una circular del Señor Alcalde de este Ayuntamiento y el Real decreto del ministerio de la gobernación fecha del quince referase á la vacunación y revacunación preservativa de la enfermedad varidosa y la circular de la dirección general de Sanidad dando instrucciones por ---------- integra por mi el fiel de fechos y use oficio del Señor cura sobre hacer el concejo en el local de escuela y casa se hizo saber lo mismo quedan enterados de su contenido.
Con lo que se concluyo este acto firmando S.S. de que yo el fiel de fechos certifico.
Las enfermedades infecciosas tenían en la escuela un excelente lugar de contagio, por eso cuando se producía una de tales enfermedades se cerraba hasta que se consideraba superado el peligro de nuevos contagios:
El infrascrito médico titular de Quejana tiene el honor de poner en conocimiento de usted lo que sigue:
Que habiendo desaparecido del pueblo de Menoyo todos los casos de sarna que existían debería abrirse la escuela a la mayor brevedad posible, para lo cual es necesario la desinfecten previamente. Todo lo cual le comunico para los efectos consiguientes.
Dios guarde a usted muchos años
Quejana, 20 de febrero de 1924.
Don Eduardo Aguirre y Urquiza Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Ayala
Ago saber:
Que un perro con sintomas manifiestos de rabia ha mordido en algunos pueblos a varios canes. Como toda prevision es poca en tales casos he creido oportuno recomendar a todos los habitantes de este Ayuntamiento el exacto cumplimiento de las siguientes disposiciones:
Primera: Desde el dia de la fecha queda proibida la circulación de perros por los pueblos de esta demarcación a no ser que lleben un bozal bien construido y puesto de modo que les impida en acsoluto morder o sean conducidos por medio de cordon o cadena cuya longitud no esceda de un metro cincuenta centímetros.
Segunda: Todo perro que no llebe bozal o que llebandolo no reuna las condiciones espresadas se encuentre en las calles campos o cualquiera otro parage sera muerto inmediatamente y a su dueño se le impondra una multa de cinco pesetas quedando este obligado ademas a pagar la indemnización de los daños que cause con arreglo al codigo penal.
Tercera: La circunstancia de que un perro no pueda ser matado por los encargados de este servicio no esimira a su dueño de pagar la multa siempre que se pruebe la infraccion.
Cuarta: Todo animal a quien se de la muerte por haber sido mordido o por hallarse acometido por la rabia se enterrara a una profundidad que no pueda ser devorado por otros.
Quinta: La prohibicion de poder circular los perros por los pueblos sera levantada cuando se compruebe que han transcurrido cuatro meses sin que se haya presentado ningún nuevo caso de rabia.
Sesta: Los Alcaldes de barrio de los pueblos de esta demarcación, el Alguacil y demás dependientes de mi autoridad quedan encargados de que se cumpla rigurosamente las anteriores disposiciones cuidando bajo su responsabilidad de poner en conocimiento de la Alcaldia cualquiera caso sospechoso de rabia o de mordedura de animales.
Para que nadie pueda alegar ignorancia los Alcaldes de barrio dispondran que una copia del presente bando se haga saber por medio de los Montaneros a todos los becinos de cada pueblo sin perjuicio de esponerla al publico en el sitio de costumbre para general conocimiento.
Ayala, á 3 de Diciembre de 1923
También se enviaban circulares sobre temas de salud para prevenir enfermedades:En el lugar de Menoyo á trece de Julio de mil ochocientos noventa se reunió la Junta administrativa de este nominado pueblo bajo la presidencia del Sor. Alcalde de Barrio Dn. José Maria de Mendia cuyo número es suficiente para tomar acuerdo según previenen las leyes vigentes despues de leida la acta anterior fue aprobada por unanimidad despues se entro en la sesión del dia hizo presente que habia recibido una circular del Sor. Alcalde Presidente de este municipio sobre la buena higiene y advierte que en el término de quince dias se limpien todas las aguas que esten en putrefacción, lavaderos, lectrinas, pozos y demas sitios que son un constante foco de emanación perjudicial á la salud y exigen preferente atención y en atención á estas circunstancias se han sacado arremate dichas aguas y para cumplir lo prevenido.
Con lo que se concluyo este acto firmando S.S. de que yo el fiel de fechos certifico.
1 comentario:
¡Lo qué hacían por celebrar también el día de San Sebastián!
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